Solicitar presupuesto Autoconsumo
Promein Abogados

¿En la compraventa de instalaciones fotovoltaicas se paga Actos Jurídicos documentados (AJD), IVA, y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)?

15-12-17. Rafael Ortíz-Jordà
viernes, 15 diciembre 2017.
Rafael Ortíz-Jordà
¿En la compraventa de instalaciones fotovoltaicas se paga Actos Jurídicos documentados (AJD), IVA, y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)?
¿Es compatible pagar en una compraventa IVA y Actos Jurídicos Documentados (AJD)? o ¿es compatible pagar Actos Jurídicos Documentados (AJD) y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)?

En la compraventa de una instalación fotovoltaica, y no de una sociedad cuyo activo esta formado en más del 50% de una instalación, la fiscalidad de ésta sería la siguiente: 

1.- Si tanto vendedor como comprador ya son sujetos pasivos de IVA (el vendedor seguro que lo es -por declarar el IVA de los ingresos de la instalación-) se ha de solicitar la inversión del sujeto pasivo.

2.- Si el vendedor es sujeto pasivo, pero el comprador NO (no realiza declaraciones de IVA) entonces se deberá de pagar por parte del comprador el IVA correspondiente.

3.- En ambos casos, no hace falta la realización de escritura o similar, ya que lo que se vende es un activo, y por lo tanto, con una factura de venta es suficiente.

Si por contra lo que se vende es una sociedad mercantil cuyo activo está formado en más de un 50% por la instalación FV (se transmite la sociedad con sus activos y pasivos, con sus ingresos y gastos, etc.) estará sujeta a ITP y AJD (es el mismo impuesto). Al vender una sociedad, se venden las participaciones y por lo tanto, ahí si que hay que acudir a la Notaría y pagar el ITP y AJD

¿Se debe pagar IVA o AJD?

Como he explicado anteriormente o se vende una sociedad (participaciones sujeta sa ITP y AJD) o se vende un activo suelto (podría ser de una sociedad y que tuviera otras instalaciones que no vende en este momento) realizaría una factura con IVA  o con inversión del sujeto pasivo - dependiendo si el comprador es o no sujeto pasivo de IVA-.

En resumen, la diferencia está en si se transmite una sociedad mercantil o si se transmite un activo de una sociedad, o de una persona física con actividad. 

Para cambios de titularidad de instalación fotovoltaica, y redacción del contrato de compraventa la consultora legal Promein Abogados os dará una mayor información.

Tu valoración:

Total Votos: 4
1 Participantes
Media: 4,00 / 5

De interés

La Justicia alemana falla contra la pretensión española para impedir su embargo en EE.UU. por la Retrovoltaica

La compañia RWE, ganadora del laudo por el recorte expropiatorio de las renovables , exigirá la traba de bienes del Reino en USA para cobrar sus 28 Millones de Euros.

La Justicia alemana falla contra la pretensión española para impedir su embargo en EE.UU. por la Retrovoltaica

Los países de la UE aumentan sus objetivos solares para 2030 en un 90%, pero la planificación de la red se retrasa

A pesar del aumento de la ambición, los PNEC no logran conectar efectivamente los puntos con lo que ahora importa para hacer realidad la transición energética: despliegue de la red, modernización y flexibilidad.

Los países de la UE aumentan sus objetivos solares para 2030 en un 90%, pero la planificación de la red se retrasa

SL RANK

MERCADO ELÉCTRICO

0.0381   €/MWh

25/04/2024