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Las casas prefabricadas solares en suelo rústico.

24-7-12. Carlos Mateu
martes, 24 julio 2012.
Carlos Mateu
Las casas prefabricadas solares en suelo rústico.
Todas las construcciones que se hagan en cualquier tipo de suelo precisan de licencia. La Ley del Suelo, los Planes Generales de Ordenación Urbana, las normas subsidiarias, etc... regulan estas nuevas construcciones.

Existen en España muchas empresas que se encargan de la tramitación urbanística, de la redacción o confección del proyecto técnico, de la solicitud y otorgamiento de la licencia de obras (ICIO), la emisión de certificaciones de obra, del alta en el Catastro y pago del IBI, etc.

Los requisitos que debe cumplir el proyecto pueden resumirse en los siguientes:

  1. deben incorporarse todos los informes de otros órganos que puedan resultar afectados según la ubicación concreta de vivienda, tales como un informe de no afección a espacios naturales protegidos.
    Es importante destacar en este apartado que de conformidad con la sentencia del TSJ de Extremadura de 26 de abril de 2005 no se precisa de informe de impacto ambiental.
     
  2. el proyecto debe ajustarse al planeamiento urbanístico municipal en vigor (alturas, ocupación máxima del terreno, lindes etc...).
     
  3. En la actualidad, legalizar una vivienda requiere del cumplimiento del CTE (Código Técnico de la Edificación) y sus exigencias son muy altas en cuanto a aislamientos, instalaciones y calidad de los materiales.

El CTE exime de su cumplimiento a edificaciones que:

  1. no estén destinadas a residencia, como industrias, talleres y naves agrícolas,
  2. construcciones provisionales con un plazo de utilización inferior a 2 años, y
  3. edificios aislados con una superficie total inferior a 50 m2.

El CTE obliga a una serie de requisitos mínimos de aislamiento térmico, aislamiento acústico, habitabilidad, accesibilidad, instalación de energías renovables.

La tendencia del CTE es lograr que la vivienda sea lo más ecosostenible minimizando el consumo de ACS y calefacción  conforme a unas tablas de nivel D. Asimismo el CTE persigue una mayor eficiencia de los materiales, y que estos puedan ser reciclados

Todas estas construcciones para ser ejecutadas también requieren de licencia de obras y el correspondiente pago del ICIO (Impuesto de construcciones, instalaciones y obras) que hay que abonar al Ayuntamiento antes de comenzar los trabajos.

Como resumen, podemos señalar que:

a) Cualquier uso del suelo, ya sea rústico o urbanizable requiere licencia municipal.

b) Cualquier uso del suelo cuyo destino sea incompatible con la clasificación del suelo será ilegal, y sería constitutivo de un delito contra la Ordenación del Territorio.

c) Cuaquier uso de edificación en suelo no apto puede ser considerado como un delito urbanístico, pues para que fuese legal sería necesario realizar una modificación en el planeamiento.

d) Cada municipio tiene su propia normativa, operativa, y su tramitación administrativa.

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