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Tras un cambio de titular de RAIPRE ante Industria ¿qué documentos he de aportar ante la CNE y la comercializadora eléctrica?

16-9-13. Carlos Mateu
lunes, 16 septiembre 2013.
Carlos Mateu
Tras un cambio de titular de RAIPRE ante Industria ¿qué documentos he de aportar ante la CNE y la comercializadora eléctrica?
Promein Abogados nos explica qué pasos ha de dar el nuevo titular fotovoltaico para el cambio de titularidad ante la CNE y compañía eléctrica para el cambio ante el sistema de facturación.

Tras efectuar un cambio de titular ante la Junta de Industria correspondiente dónde este ublicada la instalación fotovoltaica los trámites a seguir tras el cambio normativo que se aplica a partir del  pasado 01/11/2009, para que el cambio sea efectivo, y según se comunica en la Circular 3/2011, de 10 de Noviembre, en el apartado Sexto, punto 1.a), se precisa presentar ante la CNE la documentación siguiente:

-    Solicitud de modificación de instalación.
-    Copia de la Resolución del cambio de titular de la inscripción definitiva en el registro de instalaciones de régimen especial, documento otorgado por el Ministerio de Industria, Energía y Minas o el organismo competente en su Comunidad Autónoma.
-    Copia del contrato técnico entre el productor y la empresa distribuidora a nombre del nuevo titular.
-    En el caso de que la instalación estuviera sujeta a una cesión de créditos, es necesario presentar una copia compulsada del documento de  subrogación o en su caso, la cancelación de dicha cesión.

Además, la documentación a presentar para el cambio ante el sistema de facturación, de su representante es la siguiente:

-    Ficha de alta de proveedor  con la firma original del titular de la instalación en el caso de que este titular no haya sido previamente proveedor de la comercializadora.  La ficha de alta de proveedor tendrá que enviarse acompañada de:
o    Fotocopia del CIF o NIF según corresponda.
o    Fotocopia de la primera página de la cartilla o bien un certificado emitido por el banco en el que se exponga claramente los 20 dígitos del número de cuenta.
-    En el caso de que disponga, fotocopia del documento CAE.
-    Contrato Económico con la comercializadora de nuevo titular, en caso que no se haya remitido previamente.
-    Actualización de datos de contacto.

Estos documentos se deberán enviar cumplimentados con la información del nuevo titular vía email o correo ordinario.

Para que la comercializadora pueda gestionar el trámite con la mayor brevedad posible, es importante que en el asunto del correo se indique el CIL  y/o el código de la instalación.

El CIL se puede localizar en el documento CIL/POTENCIA.  El CIL es un código alfanumérico  que consta de 25 dígitos y comienza por “ES0”. El código de instalación se puede localizar en la parte superior derecha del contrato técnico, es un código numérico que consta de 6 cifras.

¿Ante que escollo se puede encontrar el productor fotovoltaico a la hora de notificar el cambio de titular al agente comercializador o a la CNE?

Al comercializador, como se ha explicado anteriormente hay que remitirle copia de la resolución de la Junta de Industria y Energía, y el cambio del contrato con la eléctrica, para que se pueda gestionar el cambio de titularidad ante la comercializadora y la CNE a efectos de nuevas liquidaciones y facturaciones.

Este cambio de titularidad se puede ver frustrado en el supuesto de que los derechos de cobro de la tarifa retributiva estén pignorados y no se haya presentado documento bancario que autorice el cambio de los derechos de cobro. En cuyo caso, habrá que conseguir previamente la autorización de la entidad.

Resulta importante seguir las pautas indicadas sobre el envío de documentación vía correo electrónico con el fin de asegurar la localización de los expedientes y su correcto y ágil tramite.  En caso contrario la comercializadora puede reservarse el derecho de no tramitar aquellas peticiones que no cumplen las condiciones de información solicitadas.

Aunque con esta explicación resulta sencillo tanto el cambio de titular de la instalación ante Industria, CNE y comercializadora, desde Promein Abogados se le ofrece la posibilidad de presupuestar estos servicios.

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